viernes, 13 de noviembre de 2009

Autorizan a pareja del mismo sexo a contraer matrimonio


12/11/2009 - Lo resolvió una jueza del fuero Contencioso Administrativo de la Ciudad. Declaró inconstitucionales las normas que fijan que sólo pueden casarse personas de diferente sexo. Ordenó al Registro Civil porteño que celebre la unión. Fallo completo como archivo adjunto.

El Juzgado de Instrucción Nº15 en lo Contencioso Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires, a cargo de la jueza Gabriela Seijas, declaró la inconstitucionalidad de los artículos 178 y 188 del Código Civil, que establecen que para contraer matrimonio es necesario el consentimiento de dos personas de distinto sexo.

Así, la magistrada hizo lugar a un amparo interpuesto por dos hombres contra el Gobierno de la Ciudad y ordenó al Registro Civil porteño que celebre la unión de la pareja homosexual que inició la demanda.

En el fallo, la jueza afirmó que “el derecho a la igualdad supone previamente el derecho a ser quien se es, y la garantía de que el Estado solo intervendrá para proteger esa existencia y para contradecir cualquier fuerza que intente cercenarla o regularla severamente...La ley debe tratar a cada uno con igual respeto en función de sus singularidades, sin necesidad de entenderlas o regularlas”

Asimismo, sostuvo que “la medida estatal impugnada impide a los actores disfrutar de los derechos de que son titulares las parejas que acceden al matrimonio. Por ejemplo, ventajas tributarias a la pareja —y a sus miembros considerados individualmente—, derechos de herencia y pensiones, privilegios testimoniales, beneficios en políticas migratorias, capacidad de decidir por otro en situaciones de imposibilidad, entre muchas otras. Tales ventajas no resultan intrascendentes para quienes asumen como pareja un compromiso sexual, emocional y financiero con miras de estabilidad”.

Además, agregó que “partiendo del régimen constitucional de la Ciudad de Buenos Aires, es claro que no hay orientaciones sexuales o géneros buenos o malos: la opción sexual y el género son cuestiones extramorales”.

YouTube: Libertades Individuales: Macri no apelará el fallo.


El jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (M. Macri) decidió no apelar el fallo que declara inconstitucionales los artículos 172 y 188 del Código Civil. La decisión sienta un precedente histórico en América Latina al habilitar a dos personas del mismo sexo a poder contraer matrimonio. El fallo había sido declarado por la Jueza Gabriela Seijas ante el pedido que Alex Freyre y José María Di Bello hicieron ante Tribunales para poder casarse.

1 comentario:

  1. al final se hecho atras vieron, igual que el gobierno nacional por más INADI q se ponga la careta. Los K y Macri son "vaticano frenly"

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