miércoles, 8 de diciembre de 2010

Valeria luchando por su derecho a la Identidad!

UN CASO PRÁCTICO SOBRE LA FALTA DE RECONOCIMIENTO AL DERECHO A LA IDENTIDAD DE GÉNERO

Una remisera transexual sigue reclamando a Transportes que la autoricen a usar su nombre femenino




El derecho a la identidad de género es una de las discusiones abiertas en Argentina que incluso ya alcanzó ámbitos legislativos. La posibilidad de que se respete a los ciudadanos conforme a la identidad que cada uno proclama, es parte de los derechos que encuentran sustento en la Constitución Nacional y que se enmarca en tratados internacionales, al igual que en recomendaciones de organizaciones mundiales que tienden a la defensa de los derechos humanos.

 
La identidad de género


Los términos utilizados no parecen nuevos para un país que debatió el presente año la Ley de Matrimonio Igualitario, pero aún se debe la aprobación de la Ley de Identidad de Género.


¿A qué refiere? A la particular, íntima y subjetiva certeza que tiene cada persona de ser varón, mujer, o el amplio abanico de variantes que entre ambos términos son comprendidas.

“Siendo cada ser humano único e irrepetible, la identidad es la condición de la particularidad. El derecho a la identidad sexual es un derecho integrante del más amplio derecho a la propia identidad; el cual, a su vez, forma parte de los derechos humanos sustanciales, estando toda persona en derecho a ser considerado como realmente percibe que es”.


Dentro de los fundamentos que expuso Valeria del Mar Beltrán para que la Coordinación de Tránsito y Transporte acceda a autorizar el cambio de su nombre presente en el DNI, pero que no se condice con su identidad de género, para ser presentado ante los pasajeros que aborden el remís que maneja; se encuentra la necesidad de que se tomen en cuenta el respeto, sus sentimientos y convicciones personalísimas.

 
Un derecho suspendido

Valeria del Mar está cansada de ilusionarse con proyectos de cambios en la legislación que se dilatan en el tiempo o, como en el caso de la Municipalidad de Puerto Madryn, terminan suspendidos.

La reforma de la Carta Orgánica Municipal tomó en consideración varios puntos y propuestas que desde la Agrupación Chubut-Diversx se presentaron, como la posibilidad de conseguir que sus derechos se respeten y no solo de una manera meramente declarativa.

Así, el problema que hoy tiene esta persona se pudo superar durante el corto lapso de tiempo en que la Carta Orgánica Municipal estuvo vigente.

Entre todo su extenso articulado, encontraba la respuesta para estos casos en su artículo 87, bajo el sub título “Diversidad Sexual”, inciso 1: “Designar con el nombre de identidad de género elegido a personas trans, que asistan a dependencias municipales, siempre que no se contraponga a ninguna normativa legal vigente y atendiendo al derecho personalísimo a la libre determinación sexual, sin perjuicio que a los fines administrativos se registren los datos que figuran en el documento nacional de identidad”.

Lamentablemente, esta norma fue suspendida no en los meros artículos que podían presentar conflictos políticos o económicos, sino que se le brindó y quitó la posibilidad a personas como Valeria del Mar para que resuelvan situaciones que las perjudican. La suspensión de este derecho adquirido es un perjuicio que tiene consecuencias inmediatas en esta ciudadana madrynese.


http://www.diariodemadryn.com/vernoti.php?ID=126143

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