lunes, 29 de junio de 2009

Diario de Madryn: La Fiscalía podría pedir el archivo de Policía contra la Jueza de Familia

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? de Junio 2009

A CRITERIO DEL JEFE DE LOS FISCALES, LA JUEZA “TOMÓ LOS RECAUDOS NECESARIOS PARA PROTEGER AL MENOR” - La Fiscalía podría pedir el archivo de Policía contra la Jueza de Familia

El jefe de los Fiscales de Puerto Madryn, Daniel Báez, confirmó la existencia de la denuncia que, contra la Jueza de Familia Nº 2 Delma Vianni, presentara el Jefe de la Unidad Regional de Policía local Guillermo Van Vliet, a quien le cuestiona la presunta comisión del delito de “privación ilegítima de la libertad” contra un menor de edad.
El Jefe del Ministerio Público Fiscal de la ciudad portuaria aseguró que “la denuncia fue radicada” por el comisario inspector Guillermo Van Vliet “ante una situación” determinada, y “respecto a un menor de edad”.
Según aseguró, aparentemente se habría producido “una situación respecto a la custodia del adolescente, menor de edad que estuvo alojado en el Hospital Subzonal de Madryn y sobre esa circunstancia se ha denunciado”.

Custodia para “que no se fugue”
Según informáramos en nuestra edición de ayer, el menor en cuestión habría sido internado en el área de Salud Mental de ese centro de salud por ciertas características de su conducta, pero se fugó y fue encontrado en la localidad de General Hacha, en la provincia de La Pampa. Hacia allí ordenó la Jueza Vianni que fuera a buscarlo personal policial de Puerto Madryn. Una vez de regreso en Madryn, habría vuelto a escaparse, tras lo cual fue ubicado en Bahía Blanca, al sur de la provincia de Buenos Aires, y vuelto a internar con custodia, para que presumiblemente no se fugue nuevamente favorecido porque el Hospital es un centro de atención que funciona bajo la modalidad de ‘puertas abiertas’.
Para el oficial superior policial, el cumplimiento de esas órdenes obligaría a distraer parte del escaso número de efectivos policiales ‘de calle’ con los que cuenta la ciudad, para prestar tareas que no serían de su competencia.

En situación de riesgo y desprotección
Puntualmente sobre el caso, y si bien “voy a abstenerme de realizar cualquier tipo de apreciación sobre la situación del jovencito -ya que la ley lo prohíbe- debido a la edad del mismo; la situación está bajo la órbita del Juzgado de Familia, sin que el menor esté incurso en ningún hecho delictivo”.
Las características del caso “implicaba -de acuerdo a las constancias que ya han sido solicitadas -que el menor se encuentre en una situación de riesgo y desprotección, de acuerdo a su edad. Es sobre esa circunstancia interviene el Juzgado de Familia, a instancias de la Asesoría de Menores”.
Igualmente, “se debe tener en cuenta que el menor, en su representación legal -de acuerdo a la documentación que ya fue solicitada-, estaba asistido por la Asesoría de Menores”.

La jueza tomó “los recaudos necesarios para proteger al menor”
En interpretación del Jefe de los Fiscales Daniel Báez, “lo que la Jueza realizó fue tomar los recaudos necesarios para la protección del menor”. De todos modos, “también fueron requeridos informes para enviar la documentación y para ver cuales han sido los trámites que se han dado”, como así también “un informe a la Asesoría de Menores (sobre el caso), porque es quien representa al menor”.
El fiscal fue insistente en remarcar que el adolescente, transformado en actor central de la denuncia policial contra la jueza, “no está desamparado, ya que tiene una representación en el curso de este proceso, la que fue ejercida incluso en el marco de las audiencias realizadas”.

La denuncia podría ser archivada
Por lo pronto, “se va a analizar la documentación, y si surge algún tipo de conducta” presuntamente cuestionable “se analizará. Si no es así, se archivará”.
En referencia al cuestionamiento que realizó el jefe policial sobre las resoluciones de la Jueza de Familia Delma Vianni, el funcionario judicial aseguró conocer sobre otros casos en los que las medidas judiciales ordenadas por los magistrados han sido similares, “pero acá la discusión también tiene otro aspecto, referido a qué lugar o qué puede proveer el Estado -como tal- para situaciones como esta” en la que actualmente se encuentra el menor, “en las que, no habiendo incurrido en un hecho delictivo, se profuga y está en peligro su persona. Qué recursos tiene el Estado para ubicar un menor en esa situación” lanzó la pregunta el jefe de los fiscales.
En cuanto a la labor desplegada por los efectivos policiales en el caso, Báez comentó que “sólo ha sido en el rol de custodia”.

“Privación ilegítima de la libertad”
Lo que el jefe de Unidad Regional cuestiona de la labor de la jueza, actos sobre los cuales también estaría informado el Consejo de la Magistratura, de modo que la inminente decisión de archivo del expediente por parte de la Fiscalía también podría llegar a ser alcanzada por una potencial investigación del órgano contralor de los magistrados; es que “se origina una orden que se contrapone con el espíritu de los pactos internacionales de raigambre constitucional en Argentina, ya que se priva al menor de su libertad. Las reglas de las Naciones Unidas para la protección de los menores de edad privados de la libertad mencionan en forma clara y explícita qué se entiende por privación de la libertad”.
“En su artículo 11 inciso B dice ‘…por privación de la libertad se entiende toda forma de detención o encarcelamiento, así como con el internamiento en un establecimiento público o privado del que no se permita salir al menor por su propia voluntad, por orden de cualquier autoridad…’”
Por otro lado, “las políticas públicas mencionadas en la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia y Familia, se basan en el respeto, preservación de identidad y vínculos familiares, con participación del grupo familiar en la recuperación del menor. l capítulo VII de la referida Ley enuncia las Medidas de Protección que la autoridad competente podrá adoptar. En su inciso E refiere ‘…tratamiento médico, psicológico o psiquiátrico, en régimen de internación en hospital o tratamiento ambulatorio…’; y en su inciso G ‘…alberge en entidad pública o privada en forma transitoria. El alberge será una medida provisoria y excepcional… no pudiendo implicar privación de la libertad…’”
El comisario inspector Guillermo Van Vliet analizó que “al asimilar la ley con rango Constitucional al presente hecho, la Juez de Familia dispuso la internación del menor por 30 días con custodia, para evitar su ‘fuga’, o sea que el menor está imposibilitado de deambular y salir voluntariamente, de un establecimiento público” como el edificio hospitalario.
Como consecuencia, considera válido peticionar que se tenga por denunciado “el presunto delito de privación ilegítima de la libertad en contra del menor” en cuestión, “por orden emanada del Juzgado de Familia Nº 2 de Puerto Madryn, a cargo de la Dra. Delma Vianni, secretaría a cargo de María Mercedes Rocca y asesores civiles intervinientes en el caso”, por un hecho “ocurrido en el Hospital de esta ciudad entre los días 8 y 23 de mayo, en forma alternada”.

1 comentario:

  1. En realidad lo que bien quería VAN VLIET era dejar de cuidarle el culo al puto, y respetar así su autodetermianción sexual.
    La familia del menor se lo quiere sacar de encima cuanto antes, porque estando el niño en el hospital la familia lo único que hizo fue quilombear para que la policía y el hospi cuiden de la virginidad de su tierno. Nos enteramos hace poco, que andan haciendo trámites para entregarlo para pareja de un turco de mucha gita, que lo tendría como adoptado.

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